Os direitos humanos e a tributaÃÃo: a imunidade tributÃria das instituiÃÃes de educaÃÃo sem fins lucrativos

AUTOR(ES)
DATA DE PUBLICAÇÃO

2006

RESUMO

La exenciÃn de impuesto para las instituciones educativas sin propÃsitos lucrativos fue introducida en lo Constitucionalismo BrasileÃo en 1934, basada en los Derechos Humanos asegurados en las Declaraciones de Derechos. A pesar de la aboliciÃn de esta exenciÃn, a partir de 1937 a 1945, adquirià eficacia otra vez en 1946, como una victoria del constitucionalismo social desde entonces. SegÃn la actual ConstituciÃn BrasileÃa, del 5 de octubre de 1988, ella es una delimitaciÃn de la competencia tributaria, consistida en la prohibiciÃn a la NaciÃn, a los Estados, al Distrito Federal y a las Ciudades para establecer impuesto sobre su patrimonio, renta o servicios, una vez que se observen los requisitos legales. TodavÃa, tiene la garantÃa de la eternidad y, por lo tanto, ni mismo una Enmienda Constitucional puede suprimirla. Las alteraciones constitucionales recientes en el Brasil por la Enmienda Constitucional 45, en 2004, bajo la influencia de la experiencia de otros paÃses, tal como la revisiÃn de la ConstituciÃn Argentina, en 1994, indican la tendencia al levantamiento del principio de esta inmunidad mencionada arriba al nivel de una Enmienda Constitucional. Delante de los nuevos Derechos Humanos EconÃmicos, Sociales e Culturales, como los referidos en el Acto Internacional sobre Los Derechos EconÃmicos, Sociales y Culturales, constituyen una soluciÃn lista para asegurar su eficacia.

ASSUNTO(S)

direitos humanos instituiÃÃes de educaÃÃo sem fins lucrativos exenciÃn de impuesto imunidade tributÃria derechos humanos direito tributario instituciones educativas sin propÃsitos lucrativos

Documentos Relacionados